Los últimos cambios normativos en relación al Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), de los que informamos en Carta del Seguro, establecen que a partir del próximo 1 de julio todos los vehículos estarán cubiertos contra los riesgos extraordinarios ampliando así las funciones indemnizatorias de este organismo. Según recuerda Inade, hasta ahora para que un vehículo estuviera asegurado contra los riesgos extraordinarios tenía que haber contrado una cobertura adicional de daños propios. Esto excluía a los vehículos que sólo hubieran contratado el seguro obligatorio de responsabilidad civil.
Explica Inade que las pólizas suscritas desde julio tendrán esta cobertura de manera inmediata, mientras que los contratos en vigor se irán adaptando a su vencimiento. El criterio de valoración será el fijado por la póliza, excepto los vehículos que únicamente tenga suscrito el seguro obligatorio cuyo valor será el de mercado.
El importe de este recargo a favor del CCS será diferente en función del tipo de vehículo y se aplicará con las siguientes tarifas:
Hay que recordar que los hechos extraordinarios que están cubiertos por el CCS responde a 3 apartados: acontecimientos provocados por fenómenos de la naturaleza como terremotos, maremotos o rachas de viento superiores a 120 Km/h, acontecimientos violentos a consecuencia de varios hechos y acciones de las Fuerzas Armadas o de los cuerpos de seguridad del estado en tiempos de paz.